Ley [LFAAR]
Articulo 10
Ley De Fondos De Aseguramiento Agropecuario Y Rural
Artículo 10. Los Fondos de Aseguramiento contarán, cuando menos, con los siguientes órganos:
- Asamblea General de Socios;
- Consejo de Administración;
- Consejo de Vigilancia, y
- Un Director o Gerente.