Ley [LGAAS]

Articulo 100

Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Artículo 100. Es facultad de los Consejos Intersectoriales Municipales y de Demarcación Territorial, solicitar, por conducto del Consejo Intersectorial que el Poder Ejecutivo emita la Declaratoria de emergencia alimentaria correspondiente.

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