Ley [LGAAS]
Articulo 100
Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Artículo 100. Es facultad de los Consejos Intersectoriales Municipales y de Demarcación Territorial, solicitar, por conducto del Consejo Intersectorial que el Poder Ejecutivo emita la Declaratoria de emergencia alimentaria correspondiente.