Ley [LGAAS]

Articulo 107

Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Artículo 107. Las infracciones administrativas a que se refiere este título o cualquier otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en la y sean cometidas por servidores públicos, serán sancionadas ante la autoridad competente en términos de la y sus similares locales aplicables.

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