Ley [LGAAS]
Articulo 107
Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Artículo 107. Las infracciones administrativas a que se refiere este título o cualquier otra derivada del incumplimiento de las obligaciones establecidas en la y sean cometidas por servidores públicos, serán sancionadas ante la autoridad competente en términos de la y sus similares locales aplicables.