Ley [LGAAS]

Articulo 71

Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Artículo 71. En cada entidad federativa se crearán Consejos Intersectoriales Estatales o de la Ciudad de México. Las decisiones de la política del sistema alimentario en las entidades federativas serán acordadas, implementadas, supervisadas y evaluadas al interior de estos Consejos. Los cargos de estos representantes serán de carácter honorífico.

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