Ley [LGAAS]
Articulo 75
Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Artículo 75. Todas las personas tienen derecho a participar en el apoyo a las acciones del Estado para garantizar el derecho a la alimentación adecuada.
Las autoridades de los tres niveles de gobierno deberán tomar las medidas necesarias, en el ámbito de sus respectivas competencias, para promover y asegurar la participación de las comunidades, organizaciones de la sociedad civil y personas interesadas a título individual en las acciones públicas para garantizar el derecho a la alimentación adecuada.
Lo anterior, por medio del diseño, implementación y acompañamiento de los mecanismos institucionalizados de participación ciudadana denominados Comités de Alimentación.