Ley [LGAAS]
Articulo 85
Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Artículo 85. La Política Nacional Alimentaria deberá contar con un enfoque de derechos humanos y se basará en los principios de congruencia, consistencia y coordinación social e intergubernamental, además de aquellos establecidos en el artículo de la .
Las acciones establecidas de conformidad con los principios referidos en el párrafo anterior deberán ser adecuadas para cumplir los objetivos establecidos y avanzar en la resolución de los problemas identificados en las distintas partes del país, atendiendo a sus particularidades con un enfoque de corto, mediano y largo plazo.