Ley [LGAAS]
Articulo 86
Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible
Artículo 86. En la formulación de la Política Nacional Alimentaria se considerarán los siguientes objetivos:
- El acceso al consumo de alimentos adecuados;
- La efectividad de los sistemas de distribución de alimentos;
- El fortalecimiento sostenible de la base productiva de alimentos;
- La reserva de alimentos frente a situaciones de emergencia;
- Los mecanismos de coordinación y colaboración sectorial e interinstitucional, así como de supervisión y evaluación;
- La atención de personas o grupos de atención prioritaria, con perspectiva de género y enfoque intercultural;
- La promoción y el apoyo a la participación social, y
- La interrelación de programas, mecanismos y acciones para el cumplimiento de los objetivos de la .