Ley [LGAAS]

Articulo 95

Ley General De La Alimentación Adecuada Y Sostenible

Artículo 95. Las políticas agroalimentarias de las entidades federativas se basarán en el respeto a las propuestas y acciones de las comunidades y, particularmente, de los órganos de participación social establecidos para tal efecto, siempre que no sean contrarias a los derechos humanos.

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