Ley [LMigra]

Articulo segundo

Ley De Migración

TRANSITORIOS

segundo.. El artículo ; las fracciones I, II, III y VI del artículo ; el artículo ; los Capítulos I y II del Título Cuarto; el último párrafo del artículo ; los artículos y ; el artículo ; el último párrafo del artículo ; los artículos y , y los artículos , y de la , entrarán en vigor hasta que se encuentre vigente el Reglamento de la misma Ley.

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