Ley [252]
Articulo 67
Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México
Artículo 67.- Las infracciones clasificadas como faltas a la disciplina en la , no serán sancionables cuando se demuestre que ocurrieron por causa de fuerza mayor.
Ley [252]
Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México
Artículo 67.- Las infracciones clasificadas como faltas a la disciplina en la , no serán sancionables cuando se demuestre que ocurrieron por causa de fuerza mayor.