Ley [252]
Articulo 79
Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México
Artículo 79.- La prescripción extingue la acción de sancionar la falta, y para ello bastará el simple transcurso del tiempo señalado en el reglamento.
Ley [252]
Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México
Artículo 79.- La prescripción extingue la acción de sancionar la falta, y para ello bastará el simple transcurso del tiempo señalado en el reglamento.