Ley [LFEP]
Articulo 21
Ley Federal De Las Entidades Paraestatales
Artículo 21.- La persona Titular de la Dirección General será designada por la Presidenta o el Presidente de la República, o a su indicación a través de la Coordinadora o Coordinador de Sector por el Órgano de Gobierno, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:
Párrafo reformado DOF
- Ser ciudadana o ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
Fracción reformada DOF ,
- Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público, administrativo o sustancialmente relacionadas con materias afines a las de competencia de cada entidad paraestatal, y
Fracción reformada DOF
- No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser miembro del Organo de Gobierno señalan las fracciones II, III, IV y V del artículo de .
Referenciado por otras leyes
4 referencias directas
4 leyes citan este artículo en 4 párrafos detectados.
Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores (LDPAM) · 1
Ley Del Instituto Nacional De Los Pueblos Indígenas (LINPI) · 1
Ley General De Cultura Física Y Deporte (LGCFD) · 1
Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación (LGMHCTI) · 1
Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores
[LDPAM]
Artículo 36
· referencia 287
El Director General será nombrado por el Presidente de la República y deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 21 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
Ley Del Instituto Nacional De Los Pueblos Indígenas
[LINPI]
Artículo 16
· referencia 131
Artículo 16. La persona titular de la Dirección General del Instituto será designada y removida por la persona titular de la Presidencia del Ejecutivo Federal, de quien dependerá directamente, debiendo reunir los...
Ley General De Cultura Física Y Deporte
[LGCFD]
Artículo 20
· referencia 165
Artículo 20. El Director General del organismo será nombrado y removido por el Presidente de la República, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los requisitos señalados en el artículo 21 de la Ley...
Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación
[LGMHCTI]
Artículo 70
· referencia 493
IV. No encontrarse en alguno de los impedimentos a que se refiere el artículo 21, fracción III, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
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