Ley [10_270614]
Articulo 102
Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal
Artículo 102.- La ley determinará las relaciones entre el Jefe de Gobierno y las entidades paraestatales, o entre éstas y las Secretarías para fines de congruencia global de la administración pública paraestatal, con el sistema de planeación y los lineamientos generales en materia de gasto, financiamiento, control y evaluación.
Artículo reformado DOF