Ley [10_270614]
Articulo 15
Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal
Artículo 15.- Las responsabilidades de los servidores públicos de los poderes locales del Distrito Federal, salvo las de los servidores de los tribunales encargados de la función judicial del fuero común en el Distrito Federal, se regularán por la ley federal de la materia en los términos del Título Cuarto de la .
Artículo reformado DOF