Ley [10_270614]

Articulo decimo cuarto

Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal

TRANSITORIOS

decimo cuarto..- Para la instalación de la III Asamblea de Representantes del Distrito Federal, se observarán las reglas siguientes:

  1. La II Asamblea de Representantes antes de clausurar el último periodo de sesiones de su ejercicio, nombrará de entre sus miembros una Comisión integrada por cinco representantes que fungirán: uno como Presidente, dos como Secretarios y dos como suplentes, para entrar en funciones cuando falte alguno de los propietarios.

    La Presidencia de la Asamblea comunicará el nombramiento de la Comisión a los organismos electorales competentes.

    La Comisión tendrá a su cargo:

    1. Recibir las constancias de mayoría y validez que correspondan a las elecciones de Representantes electos según el principio de mayoría relativa;
    2. Recibir las constancias de asignación de Representantes electos según el principio de representación proporcional;
    3. Recibir las resoluciones de las Salas del Tribunal Federal Electoral, recaídas a las impugnaciones sobre las elecciones de Representantes; y
    4. Verificar, una vez recibidas las constancias y resoluciones a que se refieren los incisos anteriores que se encuentran completas; y proceder a expedir las credenciales que acrediten a los Representantes electos, tomando en cuenta únicamente las constancias expedidas por los órganos electorales en las elecciones no impugnadas o las confirmadas o expedidas por las Salas del Tribunal Federal Electoral en sus resoluciones. Las credenciales serán firmadas por el Presidente y Secretarios de la Comisión.
  2. La Comisión se reunirá a más tardar tres días antes de que inicie el primer periodo ordinario de sesiones de la III Asamblea de Representantes para realizar la verificación a que se refiere el inciso d) de la fracción anterior y para entregar las credenciales a los Representantes electos, a los que citará para que se presenten a recibirlas al día siguiente a las 10:00 horas para rendir la protesta , elegir a la Mesa Directiva y proceder a declarar formalmente instalada la Asamblea.
  3. Los Representantes electos que hayan recibido su credencial se reunirán en el Salón de Sesiones de la Asamblea, dos días antes a aquél en que inicie el primer periodo ordinario de sesiones de la Asamblea. Este acto será presidido por los miembros de la Comisión y se desarrollará conforme al siguiente procedimiento:
    1. El Secretario de la Comisión dará lectura a la lista de los Representantes que hayan resultado electos, y comprobado que se tenga la concurrencia de la mayoría, se dará la palabra al Presidente de la Comisión. En caso de no contarse con dicha mayoría, la Comisión los citará dentro de las veinticuatro horas siguientes;
    2. El Presidente de la Comisión pedirá a los Representantes presentes que se pongan de pie y les tomará la protesta de la siguiente forma:

      Presidente: "¿Protestáis guardar y hacer guardar la , el y las leyes que de ellos emanen y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Representante a la Asamblea del Distrito Federal que el pueblo os ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Distrito Federal? ".

      Representantes: "Si, protesto".

      Presidente: "Si no lo hiciereis así, la Nación os lo demande".

      Igual protesta están obligados a hacer cada uno de los Representantes que se presentaren después.

    3. Acto seguido, invitará a los Representantes a que elijan la Mesa Directiva de la Asamblea en escrutinio secreto y por mayoría de votos.
    4. Dado a conocer el resultado del escrutinio por uno de los Secretarios de la Comisión, los integrantes de la Mesa Directiva pasarán a ocupar su sitio en el Salón de Sesiones y el Presidente de la Asamblea dirá en voz alta:
"La III Asamblea de Representantes del Distrito Federal se declara legalmente instalada".
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