Ley [10_270614]

Articulo septimo

Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal

TRANSITORIOS

septimo..- Concluida la revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal correspondiente al ejercicio de 1994, el personal, los recursos materiales, financieros, mobiliario, vehículos, instrumentos, aparatos, maquinaria, archivos y en general, el equipo que la Contaduría Mayor de Hacienda de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión haya utilizado para la atención de los asuntos a su cargo relativos al Distrito Federal, pasarán a la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea de Representantes del Distrito Federal. Los derechos laborales del personal que en virtud de lo anterior pase al órgano mencionado, se respetarán conforme a la ley.

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