Ley [252]
Articulo 50
Ley De Disciplina Para El Personal De La Armada De México
Artículo 50.- Los correctivos disciplinarios son:
- Amonestación;
- Arresto;
- Cambio de adscripción en observación de su conducta a una comisión subalterna;
- Suspensión de los derechos escalafonarios para fines de promoción, hasta por un año;
- Pase a disposición en espera de órdenes por un periodo no mayor a un año. El personal en esta situación no será propuesto para ascenso, y
- Baja del Servicio Activo.
Referenciado por otras leyes
1 referencia directa
1 ley citan este artículo en 1 párrafo detectado.
Se muestran 1-1 de 1 referencias directas.