Ley [CPEUM]

Articulo 134

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 134. Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Párrafo reformado DOF ,

Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación y las entidades federativas, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo precedente. Lo anterior, sin menoscabo de lo dispuesto en los artículos , Apartado C, , fracción VI y de esta .

Párrafo adicionado DOF . Reformado DOF

Los entes públicos ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales de conformidad con los principios de racionalidad y austeridad republicana, eliminando todo tipo de duplicidades funcionales u organizacionales, atendiendo a las necesidades de mejora y modernización de la gestión pública.

Párrafo adicionado DOF

Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

Cuando las licitaciones a que hace referencia el párrafo anterior no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado.

El manejo de recursos económicos federales por parte de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes reglamentarias. La evaluación sobre el ejercicio de dichos recursos se realizará por las instancias técnicas de las entidades federativas a que se refiere el párrafo segundo de este artículo.

Párrafo reformado DOF ,

Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del Título Cuarto de esta .

Los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Párrafo adicionado DOF . Reformado DOF

La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

Párrafo adicionado DOF

Las leyes, en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los dos párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones a que haya lugar.

Párrafo adicionado DOF

Artículo reformado DOF

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Referenciado por otras leyes

32 referencias directas

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Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo 242 · referencia 1966
5. Para los efectos de lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución, el informe anual de labores o gestión de los servidores públicos, así como los mensajes que para darlos a conocer se...
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo 449 · referencia 3243
d) [ El incumplimiento del principio de imparcialidad establecido por el artículo 134 de la Constitución, cuando tal conducta afecte la equidad de la competencia entre los partidos políticos, entre las personas...
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo 449 · referencia 3244
e) [ Durante los procesos electorales, la difusión de propaganda, en cualquier medio de comunicación social, que contravenga lo dispuesto por el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución; ]
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo 470 · referencia 3481
a) Violen lo establecido en la Base III del artículo 41 o en el octavo párrafo del artículo 134 de la Constitución;
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo 506 · referencia 3762
1. Los partidos políticos y las personas servidoras públicas no podrán realizar ningún acto de proselitismo o manifestarse públicamente a favor o en contra de candidatura alguna. Queda prohibido el uso de recursos...
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales [LGIPE]
Artículo vigésimo tercero · referencia 3940
Vigésimo Tercero. Lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo 242 de esta Ley, en relación con los informes de labores o de gestión de los servidores públicos, deberá ser regulado en la ley que reglamente el párrafo...
Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público [LAASSP]
Artículo 1 · referencia 14
Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de las adquisiciones, arrendamientos...
Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público [LAASSP]
Artículo 21 · referencia 113
Hacienda propondrá el procedimiento de contratación a realizar, de acuerdo con el resultado de la investigación de mercado a que se refiere el sexto párrafo del artículo 35 de esta Ley, considerando lo establecido en...
Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público [LAASSP]
Artículo 36 · referencia 229
Dichos actos se considerarán como públicos, en términos del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación [LOPJF]
Artículo 80 · referencia 436
XXXIV. Emitir las bases mediante acuerdos generales, para que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que...
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación [LOPJF]
Artículo 107 · referencia 546
III. Verificar que los recursos económicos de que dispone el Poder Judicial de la Federación se administren con eficiencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, en los términos...
Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación [LOPJF]
Artículo 253 · referencia 1222
g) Los asuntos que el Instituto Nacional Electoral someta a su conocimiento por violaciones a lo previsto en la Base III del artículo 41 y párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución; a las normas sobre...

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