Ley [CPEUM]

Articulo 1o

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta establece.

Párrafo reformado DOF

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Párrafo adicionado DOF

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Párrafo adicionado DOF

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Párrafo reformado DOF ,

Artículo reformado DOF

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21 leyes citan este artículo en 24 párrafos detectados.

Ley Federal De Consulta Popular [LFCPo_190521]
Artículo 28 · referencia 127
I. Recibida la petición por la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara que corresponda, la publicará en su Gaceta, dará cuenta de la misma y solicitará al Instituto que en un plazo de treinta días naturales,...
Ley Federal De Consulta Popular [LFCPo_190521]
Artículo 32 · referencia 149
Artículo 32. Al Instituto le corresponde verificar el porcentaje establecido en el artículo 35, fracción VIII, numeral 1o., inciso c) de la Constitución.
Ley Federal De Consulta Popular [LFCPo_190521]
Artículo 65 · referencia 262
Artículo 65. El recurso de apelación previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral será procedente para impugnar el informe que rinda el Secretario Ejecutivo del Instituto sobre...
Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes [LGDNNA]
Artículo 1 · referencia 14
I. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, con capacidad de goce de los mismos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; en los...
Ley General De Los Derechos De Niñas, Niños Y Adolescentes [LGDNNA]
Artículo 6 · referencia 69
II. La universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad e integralidad de los derechos de niñas, niños y adolescentes, conforme a lo dispuesto en los artículos 1o. y 4o. de la Constitución Política de...
Código Civil Federal [CCF]
Artículo 2605 · referencia 4080
Artículo 2605.- El servicio doméstico, el servicio por jornal, el servicio a precio alzado en el que el operario sólo pone su trabajo, y el contrato de aprendizaje, se regirán por la Ley Reglamentaria que debe expedir...
Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional [LDEFAGN]
Artículo 1o bis · referencia 13
Artículo 1o Bis.- El servicio de las armas exige que el militar lleve el cumplimiento del deber hasta el sacrificio y que anteponga al interés personal, el respeto a la Constitución Política de los Estados Unidos...
Ley De Migración [LMigra]
Artículo 2 · referencia 32
Convencionalidad, en términos de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ley Federal De Declaración Especial De Ausencia Para Personas Desaparecidas [LFDEAPD]
Artículo 22 · referencia 105
Artículo 22.- La Declaración Especial de Ausencia tendrá efectos de carácter general y universal de acuerdo a los criterios del artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de los...
Ley Federal De Protección Del Patrimonio Cultural De Los Pueblos Y Comunidades Indígenas Y Afromexicanas [LFPPCPCIA]
Artículo 1 · referencia 14
Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en el territorio nacional. Tiene por objeto reconocer y garantizar la protección, salvaguardia y el desarrollo del patrimonio...
Ley Federal Para Prevenir Y Eliminar La Discriminación [LFPED]
Artículo 4 · referencia 33
Artículo 4.- Queda prohibida toda práctica discriminatoria que tenga por objeto o efecto impedir o anular el reconocimiento o ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades en términos del artículo 1o....
Ley General De Educación [LGE]
Artículo 7 · referencia 40
a) Extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y

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