Ley [LFI]

Articulo primero

Ley De Fondos De Inversión

TRANSITORIOS

primero.. El presente Decreto por el que se expide la Ley de Sociedades de Inversión, entrará en vigor seis meses después de la fecha de su publicación en el , con excepción de los artículos y sexto transitorio, cuya vigencia iniciará a partir de la publicación respectiva, para los efectos establecidos en este último artículo.

Lo dispuesto en los artículos a entrará en vigor el 1 de enero del año 2002.

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