Ley [LGSNSP]

Articulo 111

Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública

Artículo 111. El Secretariado Ejecutivo emitirá y publicará las normas técnicas y protocolos de operación relacionados a los Centros de Comando y Control sobre atención a llamadas de emergencia y de denuncia anónima, de despacho de emergencias y de procesos y de definiciones técnicas para los sistemas de videovigilancia.

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