Ley [LGSNSP]
Articulo 46
Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública
Artículo 46. La persona titular del Secretariado Ejecutivo será designada y removida por la persona titular del Poder Ejecutivo Federal y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser ciudadana mexicana y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
- Tener más de treinta años;
- Contar con título profesional de nivel licenciatura debidamente registrado, y
- Tener reconocida capacidad, honestidad y probidad, así como contar con cinco años de experiencia en las áreas correspondientes a su función.