Ley [LGSNSP]

Articulo 46

Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública

Artículo 46. La persona titular del Secretariado Ejecutivo será designada y removida por la persona titular del Poder Ejecutivo Federal y deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadana mexicana y estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
  2. Tener más de treinta años;
  3. Contar con título profesional de nivel licenciatura debidamente registrado, y
  4. Tener reconocida capacidad, honestidad y probidad, así como contar con cinco años de experiencia en las áreas correspondientes a su función.
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