Ley [LGSNSP]
Articulo 73
Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública
Artículo 73. Las categorías previstas en el artículo anterior considerarán, al menos, las siguientes jerarquías:
- Comisarias o comisarios:
- General;
- Jefa o jefe, y
- Comisaria o comisario;
- Inspectoras o inspectores:
- General;
- Jefa o jefe, y
- Inspectora o inspector;
- Oficiales:
- Subinspectora o subinspector;
- Oficial, y
- Suboficial;
- Escala básica:
- Policía primera o primero;
- Policía segunda o segundo;
- Policía tercera o tercero, y
- Policía.