Ley [LGSNSP]
Articulo tercero
Ley General Del Sistema Nacional De Seguridad Pública
tercero..- Las disposiciones legales, lineamientos, acuerdos y cualquier otra normativa de carácter general que se hayan emitido como consecuencia de la ley a que se refiere el transitorio anterior seguirán vigentes hasta en tanto no se emita la normativa que las sustituya o las deje sin efectos.