Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Articulo 26
Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
Artículo 26. El patrimonio de la Comisión se integra con los recursos que se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, los derechos y bienes muebles e inmuebles que le sean asignados por el sector público, los fondos nacionales o extranjeros obtenidos para el financiamiento de programas específicos, así como los demás ingresos que perciba en los términos de las disposiciones aplicables, que podrán consistir en donaciones, legados, derechos y otras que reciba de personas físicas y morales.