Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Articulo 46
Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
Artículo 46. El Consejo Técnico se reunirá ordinariamente cuatro veces al año y, de manera extraordinaria, a convocatoria de su presidencia.