Ley [LRArt3_MMCE_300919]
Articulo décimo primero
Ley Reglamentaria Del Artículo 3O. De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos, En Materia De Mejora Continua De La Educación
décimo primero.. Los derechos y obligaciones a cargo del extinto Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que no hubieren terminado a partir de la reforma del 15 de mayo de 2019, serán asumidos por la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación en lo que resulte compatible con sus atribuciones constitucionales y legales.