Ley [LFAFE]
Articulo 11 ter
Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos
Artículo 11 ter.- Se prohíbe:
- I- La posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal.
- II- El empleo de equipo de visión nocturna, designadores laser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el empleo del armamento en actividades ilícitas, ajenas a la práctica lúdica de caza o tiro.
Artículo adicionado DOF