Ley [LFAFE]

Articulo 76

Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos

Artículo 76.- Las personas titulares de permisos generales y licencias están obligadas a conservar, por el término de cinco años, toda la información, documentación y archivos electrónicos relacionados con dichos permisos y licencias.

Artículo reformado DOF

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