Ley [LFAFE]
Articulo 84 ter
Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos
Artículo 84 ter.- Las penas a que se refieren los artículos , , , , , Sexies, y de se aumentarán hasta en una mitad cuando la persona responsable sea o haya sido servidora pública de alguna corporación policial, integrante de algún servicio privado de seguridad o militar de la Fuerza Armada Permanente.
Artículo adicionado DOF . Reformado DOF