Ley [LGIPE]

Articulo 194

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

  1. Para el funcionamiento de la Comisión de Fiscalización, se estará a las reglas siguientes:
    1. Los Consejeros Electorales integrantes de la Comisión durarán en su encargo tres años;
    2. La presidencia de la Comisión será rotativa y será designada anualmente entre los integrantes de la Comisión;
    3. Las determinaciones que sean emitidas por la Comisión de Fiscalización deberán ser resultado del voto mayoritario de sus integrantes, y
    4. [ El titular de la Unidad Técnica de Fiscalización fungirá como Secretario Técnico de ésta y acordará con su presidente los temas que serán listados en el orden del día. ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

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