Ley [LGIPE]
Articulo 207
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales
- 1El proceso electoral es el conjunto de actos ordenados por la y , realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos, así como la ciudadanía, que tiene por objeto la renovación periódica de quienes integran los Poderes Legislativo y Ejecutivo tanto federal como de las entidades federativas, de quienes integran los ayuntamientos en los estados de la República y las Alcaldías en la Ciudad de México. En la elección e integración de los Ayuntamientos y Alcaldías existirá la paridad de género tanto vertical como horizontal.
Artículo reformado DOF