Ley [LGIPE]
Articulo 208
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales
- Para los efectos de , el proceso electoral ordinario comprende las etapas siguientes:
- Preparación de la elección;
- Jornada electoral;
- Resultados y declaraciones de validez de las elecciones, y
- Dictamen y declaraciones de validez de la elección.
- La etapa de la jornada electoral se inicia a las 8:00 horas del primer domingo de junio y concluye con la clausura de casilla.