Ley [LGIPE]

Articulo 437

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

    1Para determinar la votación nacional emitida que servirá de base para la asignación de diputados y senadores por el principio de representación proporcional, en términos de lo previsto por la y , no serán contabilizados los votos recibidos a favor de Candidatos Independientes.
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