Ley [LGIPE]
Articulo 442
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales
- Son sujetos de responsabilidad por infracciones cometidas a las disposiciones electorales contenidas en :
- Los partidos políticos;
- Las agrupaciones políticas;
- Los aspirantes, precandidatos, candidatos y Candidatos Independientes a cargos de elección popular;
- Los ciudadanos, o cualquier persona física o moral;
- Los observadores electorales o las organizaciones de observadores electorales;
- [ Las autoridades o los servidores públicos de cualquiera de los Poderes de la Unión; de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno del Distrito Federal; órganos autónomos, y cualquier otro ente público; ]
Inciso reformado DOF
Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF
- Los notarios públicos;
- Los extranjeros;
- i) Los concesionarios de radio o televisión;
- Las organizaciones de ciudadanos que pretendan formar un partido político;
- Las organizaciones sindicales, laborales o patronales, o de cualquier otra agrupación con objeto social diferente a la creación de partidos políticos, así como sus integrantes o dirigentes, en lo relativo a la creación y registro de partidos políticos;
- l) Las y los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión, y
Inciso reformado DOF
- l) Las y los ministros de culto, asociaciones, iglesias o agrupaciones de cualquier religión, y
- Los demás sujetos obligados en los términos de la .
- [ Cuando alguno de los sujetos señalados en este artículo sea responsable de las conductas relacionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, contenidas en el artículo así como en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, será sancionado en términos de lo dispuesto en este capítulo según corresponda de acuerdo con lo dispuesto en los artículos al . ]
Párrafo reformado DOF
Párrafo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF
Las quejas o denuncias por violencia política contra las mujeres en razón de género, se sustanciarán a través del Procedimiento Especial Sancionador.
Numeral adicionado DOF