Ley [LGIPE]

Articulo 83

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

  1. Para ser integrante de mesa directiva de casilla se requiere:
    1. [ Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y ser residente en la sección electoral que comprenda a la casilla; ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

    2. Estar inscrito en el Registro Federal de Electores;
    3. Contar con credencial para votar;
    4. Estar en ejercicio de sus derechos políticos;
    5. Tener un modo honesto de vivir;
    6. [ Haber participado en el curso de capacitación electoral impartido por la junta distrital ejecutiva correspondiente; ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

    7. No ser servidor público de confianza con mando superior, ni tener cargo de dirección partidista de cualquier jerarquía, y
    8. [ Saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección. ]

      Inciso reformado DOF

      Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el y publicada DOF

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