Ley [LGIPE]

Articulo tercero

Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales

TRANSITORIOS

tercero.. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, serán resueltos conforme a las normas vigentes al momento de su inicio. Lo anterior, sin perjuicio de que se apliquen en lo conducente los plazos previstos en los artículos transitorios del presente Decreto.

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