Ley [LGIPE]
Articulo vigésimo
Ley General De Instituciones Y Procedimientos Electorales
vigésimo.. En atención a lo previsto por el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos ., , , , , , y de la en materia de telecomunicaciones, publicado en el el 11 de junio de 2013, las obligaciones previstas en el presente Decreto para los concesionarios, serán aplicables, en lo conducente, a quienes conforme a la legislación vigente en la materia, tengan aun el carácter de permisionarios.