Ley [LGTAIP]
Articulo 154
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 154. Las resoluciones de las Autoridades garantes podrán:
- Desechar o sobreseer el recurso;
- Confirmar la respuesta del sujeto obligado, o
- Revocar o modificar la respuesta del sujeto obligado.
- IIIas resoluciones establecerán, en su caso, los plazos y términos para su cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución, los cuales no podrán exceder de diez días para la entrega de información. Excepcionalmente, las Autoridades garantes previa fundamentación y motivación, podrán ampliar estos plazos cuando el asunto así lo requiera.