Ley [LGTAIP]

Articulo 166

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

Artículo 166. Una vez que la Autoridad garante federal reciba el recurso de inconformidad examinará su procedencia y, en su caso, requerirá los elementos que considere necesarios a la Autoridad garante local responsable.

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