Ley [LGTAIP]
Articulo 183
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 183. La resolución de la Autoridad garante federal será definitiva e inatacable para la Autoridad garante local y el sujeto obligado de que se trate.
Las personas particulares podrán impugnar las resoluciones de la Autoridad garante federal ante los jueces y tribunales especializados en materia de transparencia establecidos por el Poder Judicial de la Federación.