Ley [LGTAIP]
Articulo 200
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 200. Las medidas de apremio a que se refiere el presente Capítulo, deberán ser impuestas por Autoridades garantes y ejecutadas por sí mismas o con el apoyo de la autoridad competente, de conformidad con los procedimientos que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.