Ley [LGTAIP]
Articulo 207
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 207. Las conductas a que se refiere el artículo serán sancionadas por las Autoridades garantes, según corresponda y, en su caso, conforme a su competencia darán vista a la autoridad competente para que imponga o ejecute la sanción.