Ley [LGTAIP]

Articulo 30

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

Artículo 30. El Consejo Nacional contará con una Secretaría Ejecutiva designada por la persona titular de la Autoridad garante federal, que contará con las siguientes atribuciones:

  1. Dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional;
  2. Verificar el cumplimiento de los programas, estrategias, acciones, políticas y servicios que se adopten por el Sistema Nacional;
  3. Elaborar y publicar informes de actividades del Sistema Nacional;
  4. Colaborar con los integrantes del Sistema Nacional, para fortalecer y garantizar la eficiencia de los mecanismos de coordinación, y
  5. Las demás que le encomiende la persona titular de la Presidencia del Consejo Nacional.
Citado por 0 leyes