Ley [LGTAIP]
Articulo 30
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 30. El Consejo Nacional contará con una Secretaría Ejecutiva designada por la persona titular de la Autoridad garante federal, que contará con las siguientes atribuciones:
- Dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Sistema Nacional;
- Verificar el cumplimiento de los programas, estrategias, acciones, políticas y servicios que se adopten por el Sistema Nacional;
- Elaborar y publicar informes de actividades del Sistema Nacional;
- Colaborar con los integrantes del Sistema Nacional, para fortalecer y garantizar la eficiencia de los mecanismos de coordinación, y
- Las demás que le encomiende la persona titular de la Presidencia del Consejo Nacional.