Ley [LGTAIP]
Articulo 59
Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
Artículo 59. Las Autoridades garantes, de oficio o a petición de las personas particulares, verificarán el cumplimiento que los sujetos obligados den a las disposiciones previstas en este Título.
Las denuncias presentadas por las personas particulares podrán realizarse en cualquier momento, de conformidad con el procedimiento señalado en la .