Ley [LGTAIP]

Articulo 89

Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública

Artículo 89. El procedimiento de la denuncia se integra por las siguientes etapas:

  1. Presentación de la denuncia ante las Autoridades garantes;
  2. Solicitud por parte de las Autoridades garantes de un informe al sujeto obligado;
  3. Resolución de la denuncia, y
  4. Ejecución de la resolución de la denuncia.
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