Ley [LEPEPM]

Articulo 110

Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos

Artículo 110.- Petróleos Mexicanos y, en su caso, sus empresas filiales deben elaborar un programa para reducir el impacto ambiental de sus actividades y orientar sus esfuerzos hacia un desempeño más eficiente de sus operaciones en el que se debe procurar:

  1. La reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, mediante el uso de fuentes de energía renovables y de energías limpias en el desarrollo de sus actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto;
  2. La transición hacia una economía baja en carbono y el cumplimiento de los acuerdos internacionales de los que México es parte, y
  3. El monitoreo de su progreso y realizar las medidas necesarias para su cumplimiento.
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