Ley [LEPEPM]
Articulo 13
Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
Artículo 13.- El patrimonio de Petróleos Mexicanos está constituido por los bienes, derechos y obligaciones que haya adquirido o se le hayan asignado, transferido o adjudicado; por los que adquiera por cualquier título jurídico, ministraciones presupuestarias o donaciones, así como por los rendimientos de sus operaciones y los ingresos que reciba por cualquier otro concepto.