Ley [LEPEPM]

Articulo 72

Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos

Artículo 72.- En términos de lo dispuesto en el artículo , párrafo quinto, de la , Petróleos Mexicanos cuenta con un régimen especial de remuneraciones distinto del previsto en el artículo .

El régimen de remuneraciones de las empresas filiales debe alinearse conforme a las políticas en recursos humanos, de remuneraciones y de austeridad, así como a los lineamientos de austeridad que emitan sus respectivos Consejos de Administración, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo de .

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