Ley [LFPC]
Articulo 14
Ley Federal De Protección Al Consumidor
Artículo 14.- El plazo de prescripción de los derechos y obligaciones establecidos en la será de un año, salvo otros términos previstos por .
En caso de afectaciones a los derechos de las niñas, niños y adolescentes, el término de prescripción será de diez años.
Párrafo adicionado DOF